Aunque el hostigamiento sexual siempre ha existido, los avances institucionales son recientes. Las universidades, tanto públicas como privadas, están obligadas por ley a establecer normativas y protocolos internos para que los estudiantes puedan denunciar el hostigamiento sexual. Las universidades son fiscalizadas por la SUNEDU, pueden ser multadas y hasta perder sus licencias. Aun así, muchos casos no son denunciados o debidamente atendidos. Este artículo revisa la complejidad de esta problemática, tomando en cuenta denuncias públicas de los últimos años en tres universidades que han sido nombradas como las mejores del país. Marzo no solo es el mes de la mujer, también el mes en el que muchos estudiantes a nivel nacional retornan a clases. Es importante que conozcan los canales de denuncia, y los espacios para cambios y mejoras en la prevención, denuncia, y sanción del hostigamiento sexual. Aunque con muchas limitaciones, esperamos que este artículo ayude a priorizar el hostigamiento sexual como una problemática central para este  año académico universitario.

Perspectiva general desde la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria

El hostigamiento sexual es una de las más recurrentes manifestaciones de violencia de género suscitadas dentro de los espacios universitarios. Sin embargo, es  mayormente invisibilizado por la falta de reconocimiento de los actos que la constituyen. Estos actos, categóricamente, pueden ser denunciados como agresión dentro de un sistema caracterizado por relaciones jerárquicas de poder. En Perú, la Superintendencia Nacional de Educación Superior (SUNEDU) es el organismo nacional encargado de velar por el funcionamiento administrativo, financiero, y cualitativo del servicio universitario. Sin embargo, según el informe del 2019 de la Defensoría del Pueblo, los avances normativos en esta materia se han realizado con lentitud desde sus inicios en el año 2003.

Dicho informe refleja la insostenible situación de afrontamiento que se mantiene, ya que, según los resultados obtenidos, se demuestra lo siguiente:

[El] escaso esfuerzo desplegado por las universidades para la adopción de las acciones necesarias y adecuadas en materia de prevención del hostigamiento sexual, cuya consecuencia es que docentes y estudiantes no identifiquen situaciones de hostigamiento sexual ni los canales para iniciar una denuncia y medidas cautelares como la separación preventiva durante las investigaciones (artículo 90º de la Ley Universitaria) (Defensoría del Pueblo, 2019, p. 29).

En otras palabras, se evidencia la ausencia de protección con la que contaría el alumnado que desee denunciar, así como las instancias idóneas que pueden guiarlos durante el proceso. Ante ello, en 2019, el Ministerio de Educación aprobó el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la SUNEDU. En dicho reglamento, se detalla que la ausencia de documento o protocolos internos para prevenir, atender, y proteger frente a casos de hostigamiento sexual se cataloga como una falta muy grave (Ministerio de Educación, 2019).

Acciones institucionales

La normativa correspondiente a delitos de hostigamiento sexual como manifestación de la violencia de género ha presentado diversos avances en materia legal, la cual, pese a su existencia, no cuenta con la fiscalización suficiente para garantizar su realización. En el año 2018, desde el Ministerio de Educación se estableció un documento de Lineamientos para elaborar los documentos normativos internos para prevenir e intervenir en casos de hostigamiento sexual en la comunidad universitaria pública (MINEDU, 2018). En ese sentido, figura la obligatoriedad con la que se debe impartir estrategias de enfrentamiento a esta problemática. De tal modo, esto configuró responsabilidad a la SUNEDU al año próximo, debido a su rol vigilante, por lo que dicho organismo planteó medidas vinculadas al funcionamiento directo en el que si las universidades no cuentan con protocolos de acción en este tema en específico podrían perder su licenciamiento (El Comercio, 2019). No obstante, aunque los organismos encargados de velar por la integridad educativa, que abarca espacios de desarrollo libres de violencia, han proporcionado márgenes generales que cada centro educativo debe tener como base, las cifras de hostigamiento sexual han ido en incremento. Ello demuestra, por un lado, la ausencia de un reglamento y equipo consolidado para evaluar ello ;y, por otro lado, el abandono de dichas mismas instituciones en fiscalizar el cumplimiento idóneo de las normativas.

Frente a ello, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), como parte de su labor transversal, ha modificado la ley de prevención y sanción de hostigamiento sexual en el que se adhiere que la protección y servicio por parte de las universidades debe incluirse desde la denuncia hasta el final de la investigación y resolución (MIMP, 2021). Asimismo, ha esclarecido la urgencia de establecer el numeral 3 dentro del artículo 14 en el que se insta a la creación de una Secretaría de Instrucción y una Comisión Disciplinaria para Actos de Hostigamiento Sexual para realizar y acompañar en los procedimientos mencionados.

Así, en referencia a las tres principales universidades del Perú, la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), se realizará una evaluación general sobre cómo manejan estas circunstancias, apelando, a su vez, al prestigio y nominación con el que cuentan.

Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)
En setiembre del 2019, se estableció el Reglamento para la Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual Laboral en el que se establecen medidas y organismos disciplinarios específicos para asegurar espacios libres de violencia. De manera paralela, las organizaciones estudiantiles vinculadas a los Centros Federados y agrupaciones autónomas han trabajado conjuntamente para presentar pliegos de demandas y modelos de acción frente a las autoridades de la universidad con el fin de mantenerse en la lucha contra esta manifestación de agresión. Ante ello, comenzaron a forjarse secretarías internas de género para ejercer un trabajo específico hacia una crisis que, pese a la existencia de dichas instancias de demanda, ha ido incrementando y visibilizando.

Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH)
En junio de 2020, se aprobó el Reglamento para la Prevención e Intervención del Hostigamiento Sexual para docentes, estudiantes, y egresados de dicha universidad con el que se instalaron mecanismos de denuncia o presentaciones de quejas. Posteriormente, a partir del 2021, se implantó el Grupo de Trabajo Contra la Violencia de Género y la Discriminación en el que se sumaron no solo voces docentes, sino también de estudiantes para conocer el panorama en primer plano.

Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)
Al igual que en la UPCH, en junio de 2020, se publicó el Reglamento de Prevención y Sanción de Hostigamiento Sexual en el que, por ejemplo, se plantea al Módulo de Atención a Trámites como el espacio en el que se pueden propiciar las denuncias, reforzando la ausencia de organismos específicos suficientes para enfrentar esta problemática. Las fechas de creación de estos reglamentos universitarios surgen a partir de la normativa general presentada por el MIMP y la SUNEDU, lo que evidencia la ausencia de seguimiento a esta problemática anterior a ello. No obstante, a pesar de su conformación y constantes actualizaciones en algunos centros, se ha evidenciado el incremento de casos en el que, solo entre 2018 y 2021, la SUNEDU recepcionó 286 denuncias, de las cuales, el 88% concierne a delitos de hostigamiento sexual (Chavez, 2021). Aquello demuestra los rasgos de ineficiencia dentro del sistema interno que impide el acompañamiento de las víctimas, así como la ausencia de seguridad en confiar estos procesos a dichas instancias de seguimiento.

Casos de revisión y respuesta estudiantil
En referencia a las universidades la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), se presentarán una serie de casos que demuestran la complejidad del hostigamiento sexual y su denuncia en espacios universitarios. A su vez, estos casos demuestran la importancia de la investigación sobre la materia y de mejoras en las normas y protocolos de denuncia basadas en investigación, centradas en la práctica, y enfocadas en la participación estudiantil. A pesar del prestigio y nominación con el que cuentan, estas tres universidades siguen teniendo amplio espacio para discusiones y cambios.

Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)
En el 2020, el periodista estadounidense Michael Balter acusó a través de su blog al profesor y ex ministro de cultura Luis Castillo por hostigamiento sexual. El periodista recopiló testimonios de estudiantes peruanos y extranjeros e inclusive de otros docentes que habían sido víctimas o testigos. Castillo, sin embargo, negó las acusaciones y cuestionó el medio por el cual habían sido presentadas: un blog en internet y no los canales ya establecidos por la PUCP (ctd. en Perú 21, 2020). Aunque existe la normativa y protocolos según la ley, sigue existiendo desconfianza en estos para denuncias por hostigamiento sexual. Esta desconfianza está relacionada a múltiples motivos, identificados por la Defensoría del Pueblo (2019) como: desconocimiento de la normativa y procesos, falta de medidas de protección para los denunciantes, y resultados nulos o inconclusos. Esto además de la normalización de comportamientos de hostigamiento sexual que no permiten identificarlos como tales o darles la debida importancia. “Las universidades reproducen el sistema de género de las sociedades en las que son parte” (Blanco et al, 2020, p. 250). Según Risco (2022), después de la publicación de Balter, Marcela Poirier fue la única que denunció a Castillo formalmente y Castillo denunció tanto a Balter como a Poirier. Poirier fue sentenciada aunque, después de una apelación, su sentencia fue anulada. Castillo también presentó quejas formales a la universidad sobre la Federación de Estudiantes de la PUCP, conformada por alumnas que publicaron sobre las denuncias en redes sociales. El profesor ha seguido enseñando, por lo menos hasta el semestre 2022-2.

Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH)
En el 2015, la estudiante de medicina Rosa Canales denunció a estudiantes, docentes y autoridades por hostigamiento sexual, laboral, entre otros. Desde entonces, Canales presentó múltiples denuncias involucrando a decenas de personas. Según el comunicado de la universidad (2018), en una oportunidad, estudiantes fueron sancionados. Sin embargo, las otras denuncias fueron archivadas. En el 2018, la universidad expulsó a Canales por infracciones de la normativa interna y no adecuarse al Sistema Nacional de Residentado Médico. Según Canales (ctd. por La República, 2019), esta expulsión fue irregular, después de terminar la residencia y hacer públicas sus denuncias. Aunque difícil de determinar en este caso, según la División de Supervisión de la SUNEDU (ctd. por Chavez, 2021), los principales inclumplimientos de las universidades son:

No iniciar una investigación o archivarla sin un “pronunciamiento de fondo” (…) cuando la universidad archiva una investigación por razones que se pueden subsanar, sin emitir un “pronunciamiento de fondo”, ni analizar las pruebas o las declaraciones (…) cuando la universidad no hace una investigación o, a pesar de iniciarla, no aplica medidas preventivas ni emite un “pronunciamiento de fondo” y mantiene el contrato del docente denunciado.

Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)
En el 2020, una estudiante denunció al profesor Luis Montoya Canchis por hostigamiento sexual. Después de casi un año, aunque de pandemia, el profesor fue suspendido por 12 meses. Como lo reporta La República (2022), posteriormente, Montoya fue destituido y la universidad reconoció que la primera sanción no seguía lo establecido por la ley. Similarmente, en el 2021, varias estudiantes denunciaron al profesor Hugo Young por hostigamiento sexual. El profesor fue suspendido por solo seis meses. Sin embargo, volvió a ser denunciado a inicios del 2023. Como relata Martinez (2023), a las víctimas les preocupa que la sanción haya sido la suspensión, que el profesor haya vuelto a hostigar sexualmente a estudiantes después de haber sido sancionado, y que tal vez siga enseñando este año. Al momento de escribir este artículo, el proceso de matrícula de la universidad aún no comenzaba. A la comunidad estudiantil, también le preocupa este caso. Se ha difundido en redes sociales, en páginas y grupos relacionados a la universidad, publicaciones usando hashtags como #DenunciaPublica y #FueraHugoYoung.

Limitaciones y recomendaciones
Se debe tener en cuenta la falta de investigación sobre el hostigamiento sexual en espacios universitarios. Ilizarbe (2022) identifica solo 25 publicaciones sobre el tema a nivel nacional hasta inicios del 2022, siendo 16 de estas, tesis universitarias. La comunidad estudiantil no solo es la más interesada y activa a través de discusiones y protestas tanto virtuales como presenciales, sino a través de investigación académica. Por otro lado, los dos informes oficiales identificados son del 2012 por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del 2019 por la Defensoría del Pueblo, siendo el último citado varias veces en este artículo a pesar de casi cinco años desde su publicación. Investigación más reciente sobre el estado de esta problemática, e inclusive como la pandemia y la prevalencia de los estudios virtuales o híbridos pueden afectar esta problemática, es necesaria. Los espacios universitarios están creciendo rápidamente y también incorporando nuevos espacios virtuales. Además, los dos informes de investigación fueron realizados por la misma universidad, la PUCP. Es importante que el gobierno y las universidades respalden a los estudiantes, no solo a través de mejores normativas y protocolos para la denuncia del hostigamiento sexual,también a través de acciones preventivas, incluyendo la investigación de la situación actual en las distintas casas de estudio. Asimismo, es importante que las medidas detectivas, represivas, y correctivas de la SUNEDU y las universidades sean producto de la investigación y la participación estudiantil.

El alcance de este corto artículo de investigación es también una limitación sistemática que se debe tener en cuenta. Este artículo ha realizado una revisión en torno a tres universidades, siendo dos de ellas universidades privadas. Además, las tres universidades contempladas están basadas en la capital. El aumento de la cantidad de espacios universitarios en las últimas décadas demanda investigación proporcional, que incluya universidades privadas y públicas a nivel nacional. A pesar de compartir una misma normativa nacional, “las instituciones tienen procesos y realidades diversas. Aun cuando son una instancia crucial para la transformación social no son un universo homogéneo, y son también comunidades diversas y desiguales al interior” (Ilizarbe, 2022, p. 40). Cada caso presentado en este artículo es complejo, único, e incluso, difícil de resumir, a pesar de existir diversos artículos periodísticos al respecto. Estos casos han durado años, involucrado a diversos actores dentro y fuera de los espacios universitarios, y no han encontrado una resolución clara o definitiva. Es posible que existan muchos casos más a nivel nacional, que no son denunciados y mucho menos cuentan con cobertura mediática.

Recursos para estudiantes

Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)

Procedimientos para casos de hostigamiento sexual

 

Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) 

Normas y procedimiento para la prevencion y sancion del hostigamiento sexual 

 

Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM)

Reglamento de prevención y sanción del hostigamiento sexual 

 

Referencias 

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